Cómo obtener una licencia de juegos de azar en México
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México no cuenta con un proceso de solicitud para obtener una licencia nueva e independiente para juegos de azar en línea, y eso es lo más importante que hay que entender antes de elaborar el presupuesto para el lanzamiento de un casino en línea en México. La SEGOB, la Secretaría de Gobernación de México, no ha otorgado una nueva licencia independiente desde hace años. Las actividades de juego de cada operador legal en el país, incluidas las en línea, se llevan a cabo como una extensión de la autorización de un permisionario ya existente.
En resumen
- Organismo regulador: Secretaría de Gobernación (SEGOB), a través de su Dirección General de Juegos y Sorteos (DGJS).
- Tipo de licencia: No existe una categoría separada de licencia para casinos en línea o juegos en línea. La actividad de los casinos en línea funciona como una extensión de un permiso físico existente a través de una asociación con un permisionario.
- Costo: No se aplica un arancel para nuevos solicitantes, ya que no se emiten nuevos permisos independientes. El costo real radica en la asociación o adquisición necesaria para operar bajo un permisionario existente.
- Plazo: Está vinculado al plazo del permiso subyacente; no existe un plazo independiente para la licencia en línea que deba tenerse en cuenta.
- Alcance de mercado: Una sola autorización cubre todo el territorio de México una vez que se cuenta con una asociación válida con un permisionario y la certificación técnica de la SEGOB.
Resumen sobre la concesión de licencias en México
| México | |
|---|---|
| Regulador | SEGOB / DGJS |
| Estado | No se aceptan nuevas solicitudes de permisos independientes; se requiere una asociación con un permisionario |
| Tipo de licencia | Prórroga del permiso terrestre vigente |
| Término | Vinculado al permiso subyacente |
| Cuota de inscripción | No aplicable a nuevos solicitantes independientes |
| Impuesto sobre las apuestas | IEPS: 50 % del monto apostado (antes del 1 de enero de 2026 era del 30 %) |
| Impuesto sobre la renta de las personas jurídicas | El 30 % sobre las utilidades netas, que es la tasa federal estándar, se aplica además del IEPS |
| Impuesto sobre las ganancias de los jugadores (ISR) | ~1 % a nivel federal, hasta un 21 % cuando el impuesto estatal sobre los premios supera el 6 % |
| Se requiere una entidad local | Sí, como parte de la estructura de asociación del permisionario |
| Certificación de software | Sí, la documentación del motor del generador aleatorio (RNG) y de las apuestas deportivas se presentó a través del permisionario ante la SEGOB |
| Cronología de la revisión | De 12 a 18 meses para realizar una revisión técnica completa una vez que se haya establecido la alianza |
Datos verificados a agosto de 2026. Confirma los requisitos actuales con la SEGOB/DGJS antes de continuar.
Cronología normativa de México
- 1947 – Se promulga la Ley Federal de Juegos y Sorteos de México, que sigue siendo la norma vigente en la actualidad.
- 2004 – Se publica el Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, que sigue siendo la normativa técnica vigente.
- Finales de 2023 – Se eliminan gradualmente los acuerdos de sublicencia que permitían a un permisionario extender su permiso a marcas de terceros, cerrando así la última vía flexible de ingreso para nuevas marcas.
- 7 de noviembre de 2025 – Se publica un decreto que aumenta el IEPS sobre los juegos con apuestas y los sorteos.
- 1 de enero de 2026: Entra en vigor la nueva tasa del 50 % del IEPS, que ahora se aplica explícitamente a las plataformas en línea y extraterritoriales que prestan servicios a jugadores mexicanos, incluso sin presencia física en el país.
- 2025–2026 – Se han otorgado unas pocas autorizaciones mediante órdenes judiciales en lugar del proceso administrativo ordinario de la SEGOB; la SEGOB se ha distanciado públicamente de esa vía y ha confirmado que no se han emitido nuevas autorizaciones a través de los canales ordinarios bajo la actual administración.
¿Por qué obtener una licencia de México (a través de un permisoario)?
- Acceso a uno de los mercados de casinos más grandes de América Latina en términos de población y gasto, sin necesidad de tramitar una licencia desde cero, ya que el permisionario ya forma parte de los operadores con licencia de México y cuenta con la autorización de la SEGOB.
- Cobertura nacional a través de una sola asociación, a diferencia de Argentina o Sudáfrica, donde el acceso al mercado está fragmentado por provincia.
- Infraestructura de pagos consolidada para el mercado mexicano, que incluye OXXO, SPEI y tarjetas denominadas en pesos, ya integradas por la mayoría de los permisionarios y sus socios de plataforma.
- Continuidad regulatoria: las normas subyacentes que rigen los juegos de azar no han cambiado en cuanto a la regulación de la actividad en línea desde 1947, por lo que un operador no está expuesto al tipo de cambios normativos repentinos que se observan en mercados más nuevos como Perú.
- Una posición legal defendible, ya que operar bajo la autorización válida de un permisionario es sustancialmente diferente —y mucho más seguro— que operar en el amplio mercado en línea no regulado de México.
Tipos de licencia: B2B vs. B2C
La Ley Federal de Juegos y Sorteos de México otorga la licencia al “permisionario”, es decir, a la entidad B2C legalmente autorizada para operar juegos y sorteos con jugadores, y no a los proveedores de software o plataformas B2B por separado. Un proveedor de plataforma opera bajo la autorización del permisionario, en lugar de contar con su propia licencia de la SEGOB. Esta es la misma estructura en la que opera la tecnología de BSW para sus clientes en México: la licencia la tiene el socio permisionario, y la plataforma opera bajo su autoridad.
Cómo presentar una solicitud en México: la vía del «permisionario»
La vía judicial, es decir, la obtención de un permiso mediante una orden judicial, existe, pero no es algo en lo que un operador pueda basar su cronograma de lanzamiento, dado que la SEGOB se ha distanciado públicamente de esa vía.
Documentos que suelen requerirse (presentados a través del permisionario ante la SEGOB/DGJS):
- Documentos de constitución de la empresa y cualquier modificación (para la nueva entidad socia o inversionista)
- Estados financieros y balances generales
- Información sobre los accionistas y el personal clave: nombre, nacionalidad, domicilio, informes financieros, biografía e historial crediticio
- Declaración de ausencia de antecedentes penales o quiebras para los accionistas y el personal clave
- Documentación de la relación comercial con el permisionario actual (estructura de asociación, inversión o acuerdo comercial)
- Política de juego responsable y procedimientos para proteger a los jugadores contra la adicción
- Documentación sobre la imparcialidad de los juegos: algoritmos y mecanismos del generador de números aleatorios (RNG), certificados por un laboratorio independiente
- Política contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo (AML/CFT) y procedimientos de «Conozca a su cliente» (KYC) para la identificación y verificación de los clientes
- Programa de monitoreo de transacciones sospechosas
- Nombramiento de un funcionario responsable del cumplimiento de las normas contra el lavado de dinero
- Documentación del sistema de control interno que abarca los datos de las cuentas, la información personal de los jugadores y los registros de transacciones
- Descripción de los procedimientos y sistemas de control de apuestas en línea, preaprobados por la SEGOB
Los documentos emitidos fuera de México deben contar con una apostilla y una traducción al español antes de su presentación.
Lo que debe soportar la plataforma de juegos
El proceso de certificación de la SEGOB exige la documentación del RNG y del motor de apuestas deportivas, las herramientas de KYC y AML, y el procesamiento de pagos en moneda fiduciaria diseñado para el mercado mexicano (OXXO, SPEI, tarjetas y billeteras de peso) antes de que una plataforma entre en funcionamiento bajo la autorización de un permisionario.
La plataforma personalizada de BSW entra en funcionamiento en 2 días una vez que se confirman la personalización de marca y la configuración, con la documentación del RNG y las herramientas de KYC y AML que exige el proceso de certificación de la SEGOB, además de la compatibilidad de pago para los canales locales más utilizados en México ya integrada de manera nativa.
¿Qué es lo que realmente retrasa una presentación?
El paso que los operadores suelen subestimar no es la certificación técnica, sino la negociación del acuerdo de asociación con el permisionario. Dado que no existe una plantilla estándar ni un plazo regulatorio para esa negociación comercial, es la parte menos predecible de todo el proceso, y debe resolverse antes de que pueda siquiera comenzar la revisión técnica de la SEGOB, que dura entre 12 y 18 meses.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta una licencia de juegos de azar en México?
No existe un arancel publicado para los nuevos solicitantes, ya que la SEGOB no expide nuevos permisos independientes. El costo real corresponde a la inversión o a los términos de la asociación negociados con un permisionario existente, lo cual varía de un acuerdo a otro.
¿Cuánto tiempo se tarda en obtener la licencia en México?
Una vez que se ha establecido una asociación de permiso, el proceso de revisión técnica y puesta en marcha con la DGJS de la SEGOB suele tardar entre 12 y 18 meses.
¿Necesito un socio local para operar en México?
Sí. No hay forma de operar legalmente sin asociarse con una empresa que ya cuente con un permiso válido de la SEGOB, invertir en ella o adquirir una participación en ella.
¿Puedo obtener una licencia independiente para juegos de azar en línea en México?
No. Actualmente, la SEGOB no expide licencias en línea independientes. Toda actividad legal en línea se lleva a cabo como una extensión de un permiso físico ya existente.
¿Está a punto de cambiar la ley de juegos de azar de México?
Los funcionarios de la SEGOB han reconocido que la ley de 1947 necesita una revisión, y los grupos del sector han presionado para que se lleve a cabo una reforma, pero hasta el momento de redactar este artículo no se ha presentado ninguna propuesta formalmente. El modelo de “permisionario” sigue siendo la realidad operativa para 2026.
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